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TRAS CARTÓN   La Paternal, Villa Mitre y aledaños
 22 de abril de  2026
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Se promoverá la creación de cuadras notables

Se promoverá la creación de cuadras notables

En su última sesión, la Legislatura de la Ciudad Autónoma aprobó una ley que promueve la creación de cuadras notables en los distintos barrios. Para seleccionarlas se dará intervención a las Juntas Comunales, que deberán implementar alguno de los mecanismos de consulta establecidos en la Ley de Comunas N° 1.777.

Según define la norma en su artículo segundo, se denomina Cuadra Notable al espacio público de un tramo de calle de hasta 250 metros de longitud que cuente con al menos una parcela edificada en uno de sus lados y posea valor urbanístico, arquitectónico, ambiental y/o cultural.

Para determinar si a un tramo de calle se le puede aplicar la denominación de cuadra notable, la ley establece en su siguiente artículo que deberá verificarse que el tramo en cuestión cumpla con al menos uno de los siguientes criterios: urbanístico, arquitectónico, ambiental y cultural.  

El primero refiere a las cualidades morfológicas del conjunto de edificaciones presentes en la cuadra que, por su composición y articulación entre las partes, por la conformación de retiros o recintos o por su particularidad tipológica, formal o espacial influyan de manera destacable en la definición del espacio público del sector en cuestión; el segundo, a las cualidades de diseño de fachadas del conjunto de edificaciones que, por su tipología, estilo, ritmo, trama, textura, ornamentación, composición, homogeneidad, por el uso de materiales o técnicas constructivas o por otra particularidad proyectual influyan de manera destacable en los atributos del paisaje urbano; el tercero, a las cualidades paisajísticas de la cuadra que por la escala, disposición, ritmo, tipo de follaje, especies arbóreas y de vegetación, etcétera, influyan de manera destacable en la percepción y vivencia del sector, y el cuarto  a las cualidades intangibles y simbólicas que, por su significación socialmente atribuida, por su reconocido aporte a la construcción de la memoria colectiva o por la particularidad e intensidad del uso social allí practicado conviertan al sector en referencia cultural e identitaria a escala barrial.

El artículo cuarto dispone la creación del Inventario de Cuadras Notables, que según precisa el quinto, contendrá especificaciones catastrales y una breve reseña de los motivos de declaración como Cuadra Notable.

La ley dispone asimismo que la autoridad de aplicación deberá establecer el procedimiento de selección de las Cuadras Notables garantizando la participación ciudadana. Para ello, se dará intervención a la Junta Comunal correspondiente, quien deberá implementar alguno de los mecanismos de consulta en los términos del artículo 26 inciso j de la Ley N° 1.777.

Además, la autoridad de aplicación deberá mantener actualizado y difundir el Inventario de Cuadras Notables al menos una vez al año y promocionar las actividades culturales, gastronómicas y recreativas y los recorridos turísticos.

La iniciativa provino de los legisladores María Cecilia Ferrero y Guillermo Suárez, (ambos de VJ), quienes expusieron en los fundamentos, entre otras cosas, que “son las calles [de la Ciudad], en su condición de espacio físicamente vacío pero de cualidades escenográficas, las que son portadoras de los valores más expresivos de la cultura urbana”,  y que “este proyecto se propone visibilizar segmentos muy destacados de esas calles, las cuadras notables, desde diferentes perspectivas, que pueden ser convergentes”.

Los autores dicen también que “estos tesoros urbanos se encuentran dispersos en toda la ciudad y es un objetivo de este proyecto poder aportar a su conocimiento tanto por los vecinos más próximos, como por otros porteños”, y que el proyecto “promueve la oportunidad de redescubrir estos espacios y su relación con la comunidad, de modo de poder pensarlos como escenarios de actividades culturales, gastronómicas, recreativas o las que la comunidad elabore creativamente”.

El proyecto fue girado en primer término a la Comisión de Planeamiento Urbano, donde obtuvo dictamen favorable al que adhirió posteriormente la Comisión de Cultura.

En consonancia con lo acordado en la reunión de Labor Parlamentaria, la iniciativa fue puesta a consideración sin discursos. Resultó aprobada por 36 votos a favor aportados por el oficialismo porteño y todos los demás bloques, salvo los 21 sumados del peronismo y la izquierda, que se abstuvieron.

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